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Contra la ilusión de control total: consulta ética sobre las afirmaciones de M. X. Froxán

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    JHG
  • hace 2 días
  • 4 Min. de lectura

Actualizado: hace 24 minutos

Hoy, 25 de mayo de 2025, envío una consulta formal a la Comisión Deontológica del Colegio Oficial de Psicología de Castilla y León, a raíz de una intervención pública de la catedrática María Xesús Froxán en Salamanca. Esta intervención, ampliamente difundida y celebrada como inspiradora por muchos estudiantes, contiene afirmaciones que considero graves desde el punto de vista ético y epistemológico.


Publico aquí la carta completa, así como algunos fragmentos destacados de la transcripción, con el propósito de abrir un debate sereno sobre los límites del discurso profesional y el peligro de las promesas totalizantes en psicología.





Estimado Comité Deontológico del Colegio Oficial de Psicología de Castilla y León (COPCyL):


Me dirijo a ustedes con el fin de plantear una consulta ética relativa a una intervención pública reciente de la catedrática María Xesús Froxán (colegiada M-09698), celebrada presencialmente en Salamanca, en el marco del evento Psicofest Salamanca 2025, y ampliamente difundida a través de YouTube y dirigida tanto a profesionales como a estudiantes de psicología. En dicha intervención, titulada El poder del Análisis Funcional de la conducta para entender y cambiar el mundo, se formulan una serie de afirmaciones que, desde mi punto de vista, merecen una revisión ética rigurosa.


La intervención contiene declaraciones que trascienden el debate teórico y se presentan como verdades generales, con implicaciones ontológicas, clínicas y sociales. Algunas de las afirmaciones más preocupantes son las siguientes:


  • “Todo es explicable y por tanto todo se puede cambiar.”

  • “No estamos sujetos a esas fuerzas interiores.”

  • “El análisis de conducta como forma de vida es lo que nos permite explicar y controlar, en aquellos casos en que sea necesario, nuestro mundo.”

  • “Los analistas de conducta podemos saber cómo unos discursos calan en la población.”

  • “Las personas no somos otra cosa que un conjunto de contingencias.”

  • “No necesitamos justificar, necesitamos explicar.”



Estas frases no se enuncian como metáforas o provocaciones intelectuales, sino como descripciones literales de la naturaleza humana y del funcionamiento social, sin matiz ni contextualización. En la conferencia se descalifican explícitamente otros marcos teóricos, como el psicoanálisis o el humanismo, calificándolos de “visiones recalcitrantes” que “convierten al ser humano en esclavo de sus pasiones y de una mente inaccesible”.



Desde mi perspectiva profesional, este tipo de formulaciones:

  • Convierten una teoría psicológica en un discurso ideológico totalizante, vulnerando el principio de pluralismo teórico.

  • Prometen capacidades de control social que exceden con mucho el marco legítimo de intervención psicológica.

  • Contribuyen a una visión reduccionista del ser humano, negando explícitamente cualquier dimensión interior o agente no conductual.

  • Y, sobre todo, transmiten un mensaje de infalibilidad teórica que puede tener consecuencias negativas en la formación de futuros profesionales, promoviendo un modelo cerrado, tecnocrático y acrítico de intervención.


Considero, en mi humilde opinión, que este tipo de afirmaciones transmiten a la población una ilusión de control total sobre los fenómenos humanos y sociales, una promesa de dominio universal incompatible con los principios de responsabilidad y prudencia científica que exige cualquier profesión, y especialmente la nuestra. Se difunde una visión reduccionista del ser humano que puede inducir expectativas erróneas, tanto en profesionales en formación como en usuarios de servicios psicológicos, y que representa un riesgo ético real en contextos clínicos, educativos o sociales.


Por todo ello, solicito a este Comité su valoración sobre si estas afirmaciones podrían suponer una vulneración de los siguientes artículos del Código Deontológico del COP:


  • Artículo 5: porque se ignora la finalidad humana y social de la psicología al presentar un modelo técnico-totalizante desligado de la ética del bienestar.

  • Artículo 6: por la falta de prudencia, honestidad y respeto al rigor científico en la formulación de las afirmaciones.

  • Artículo 17: al no reconocer los límites de la propia técnica ni sus áreas de aplicación.

  • Artículo 18: por atribuir al análisis de conducta una aplicabilidad general no sustentada empíricamente en fenómenos como la guerra, la pobreza o los discursos políticos.

  • Artículo 22: por el tono despectivo hacia otras escuelas que gozan de credibilidad científica.

  • Artículo 24: porque se normaliza la posibilidad de “controlar el mundo” mediante una herramienta técnica, sin evaluar el uso potencialmente manipulador de ese conocimiento.

  • Artículo 25: por promover un modelo que obstaculiza la autonomía de las personas al negar toda forma de agencia interior.

  • Artículo 32: por generar expectativas desproporcionadas sobre el poder del análisis de conducta para resolver cualquier forma de sufrimiento o conflicto social.

  • Artículo 42: por presentar opiniones personales y convicciones ideológicas como conocimiento científico validado, sin distinción alguna.


Adjunto fragmentos literales de la transcripción para facilitar su revisión, así como el enlace directo a dicha intervención: https://www.youtube.com/watch?v=9RE7zHSfkhc. La transcripción ha sido generada a partir de un archivo .srt sincronizado extraído del vídeo público mediante Whisper.


Agradezco de antemano su atención y su trabajo constante en la defensa de una práctica psicológica ética, rigurosa y comprometida con la dignidad de las personas.


Atentamente,


Juan Hernández García

Psicólogo Especialista en Psicología Clínica

Colegiado número P-02584

47838912-Q 


25 de mayo de 2025, Vera (Almería)





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